domingo, 12 de mayo de 2013

EL UNIFORME DEL TRABAJADOR CIMA24



VESTIMENTA E IDENTIFICACIÓN



  • La organización se compromete a realizar dotaciones de uniformes al personal de servicios técnicos durante el año. 
  • El personal técnico y administrativo se compromete a estar uniformado siempre que esté en su jornada laboral, aseado y en óptimas condiciones de presentación de cara al cliente.
  • Será sancionable y descontable a su sueldo quien hago mal uso de la vestimenta otorgada, siempre y cuando ésta no sea deteriorada por razones laborales.
  • Queda terminantemente prohibido asistir a la empresa en aquellas vestimentas no adecuadas para ambientes laborales como cholas, short,  franelillas, y cualquier otra ropa que la Unidad de Talento Humano establezca como no acorde para el ambiente laboral.
  • El trabajador obtendrá de la empresa, un carnet que lo acredite como empleado de TECNOLOGIA CIMA24, quedando estipulado la obligatoriedad de portar el carnet de identificación en un lugar visible durante la jornada laboral. 
  • En el caso de los operadores del servicio de monitoreo 24hrs los 365 días al año usaran y portaran de igual manera el uniforme y el carnet de identificación durante sus guardias de servicios los fines de semana.
  • Los lideres departamentales estan en la obligación de dar el ejemplo y hacer cumplir la presente normativa.
  • El uniforme de cima24 tiene por objeto crear una distinción diferenciadora en el servicio que nos corresponde como Empresa ante nuestros abonados a los diferentes servicios, en tal sentido los logos que nos distinguen, asi como nuestra marca, no deben ser tapados con el uso de ropa distinta al uniforme.
  • El incumplimiento y aplicabilidad de esta norma acarreara sanciones administrativas.
La Junta Directiva 
Tecnología CIMA24 C.A.

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