jueves, 2 de mayo de 2013

POLITICA DE VIATICOS TECNOLOGIA CIMA24 C.A.



POLÍTICA DE VIÁTICOS
PROPÓSITO: Proporcionar una guía a los empleados de la forma en que rembolsarán los gastos efectuados por la compañía, sean estos de operaciones o gastos por viáticos incurridos en alguna comisión que así lo amerite.

EXPOSICIÓN DE LA POLÍTICA
a) De la Planeación del Gasto.- Las Unidades deberán prever y adoptar las medidas necesarias para que las erogaciones que tengan que realizar se ajusten al logro de los objetivos y metas, a los calendarios de gasto y a la oportunidad de sus actividades.
b) De Disciplina.- Las Unidades en el ejercicio del presupuesto, deberán sujetarse a lo dispuesto por la Gerencia General en disposición de las medidas de austeridad y disciplina del gasto.
c) De Racionalidad y Austeridad.- Las erogaciones que efectúen las Unidades deberán limitarse a lo estrictamente indispensable; corresponder a la satisfacción de necesidades del cliente, así como obedecer al cumplimiento y logro de los programas, metas y objetivos que tengan encomendados, sin incurrir en gastos suntuarios y observando la sobriedad a que obliga la aplicación de los recursos.
d) Evaluar los resultados que se esperen del viático, en relación con su aporte real a la consecución de los objetivos y metas de los proyectos.
e) Reducir al mínimo indispensable, el número de técnicos que sean enviados a una misma comisión.
f) Estar sujetas a la suficiencia presupuestaria semanal, conforme al presupuesto asignado a cada Unidad Administrativa, ya que no se autorizaran ampliaciones ni transferencias a las partidas de viáticos y pasajes.
g) En ninguna circunstancia se podrán autorizar viáticos y pasajes, en los supuestos que a continuación se indican: Cuando el personal se encuentren disfrutando de su período vacacional, de cualquier tipo de licencia, estén suspendidos en virtud de sanciones administrativas o por cualquier otra causa
Análoga. Cuando el personal no se encuentre adscrito a alguna unidad administrativa de Tecnología CIMA24, C.A. En el caso de proyectos en donde se haya estimado la adquisición de alimentos, asignación de vehículo, pago de peajes y combustibles. Como incremento o complemento de sueldos u otras remuneraciones que correspondan a los empleados, ni para cubrir gastos de representación, de orden social o en calidad de cortesía, así como tampoco para cualquier otro distinto a los señalados en el presente apartado.  Cuando el lugar de adscripción se encuentren en la misma población, con excepción de lo previsto para el otorgamiento de pasajes locales.
OTORGAMIENTO.
a) Las asignaciones previstas por viáticos, se destinarán a cubrir los gastos de hospedaje, alimentación y transporte local (urbano y extra urbano), del personal en el desempeño de una orden de servicio emanada de la organización, dentro o fuera del país, en lugar distinto al de su adscripción y su otorgamiento se sustentará en criterios de austeridad y racionalidad presupuestarias. b) Todos los gastos diferentes a los señalados que realicen los propios trabajadores aún cuando sean necesarios para el desempeño de un proyecto o actividad, deberán afectar la partida presupuestaria que a cada erogación corresponda y sujetarse a la normativa establecida para cada caso.
c) Se otorgaran viáticos en las actividades laborales que impliquen un desplazamiento mayor a 50 Km. (Cincuenta Kilómetros) del lugar de adscripción del trabajador.
d) Para aquellas actividades o proyectos en áreas de distancia menor a los 50 Km, se otorgaran gastos para transporte.
e) En los casos en que se requiera que a un mismo trabajador se le asignen varias tareas, sólo se otorgará la cuota de viáticos que corresponda al lugar en que se realicen.
f) Los viáticos quedan definidos de la siguiente manera.
i. Viáticos: Definidos según tabla por unidad tributaria y zona
ii. Pernocta: Definido a 1 unidades tributarias por cada una. Adicional al viatico por zona.
iii. Transporte: 1 ½ unidades tributarias dentro de Caracas.
iv. Alimentación: 1 unidades tributarias por cada día.
Nota: Cualquier consideración no tomada en cuenta éste sector dependerá de la decisión de la Gerencia General.

REINTEGRO DE VIÁTICOS
a) Los reintegros por VIÁTICOS será recibido por la unidad de Finanzas, previa aprobación del Supervisor inmediato y chequeo de la planilla de reintegro de viáticos con la respectiva hoja de servicio firmada y sellada por el cliente como comprobante de la realización del viaje y justificación del reintegro pago del viatico. Hasta el día jueves al medio día de cada semana para ser cancelado los días viernes según el flujo de la caja de la organización. El reintegro de dicho pago solo serán aprobados si la factura de la compra está a nombre de TECNOLOGIA CIMA 24, C.A y con el RIF correspondiente.

REINTEGRO DE GASTOS
a) El reintegro de gastos es la devolución de los gastos producidos en los casos de necesidades urgentes o prioritarias, no planificadas que hayan sido necesarias de realizar, una vez comprobado que no se pudieron utilizar oportunamente los esquemas normalizados y que no constituye una utilización desviada o abusiva de esta excepción.
b) Los gatos del área de operaciones superiores a las 4 unidades tributarias, deberá ser aprobado por los Gerentes de las áreas de adscripción, en caso de ser menor el monto, los coordinadores serán los que aprueben la compra
c) Los reintegros por GASTOS serán recibido por la unidad de Talento Humano hasta el día jueves al medio día de cada semana para ser cancelado los días viernes.
El reintegro de dicho pago solo serán aprobados si la factura de la compra está a nombre de TECNOLOGIA CIMA 24, C.A. y con el RIF correspondiente.

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